Ley de Fundas Plásticas | 30 Dic | Artistas y Artesanos

La Prohibición de bolsas plásticas desechables por la ley 247 puede afectar o beneficiar el negocio de empresas creativas.

 


Redacción/ Escrito por Javier Martínez / Diciembre , 2016


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A partir del primero de diciembre todo artista que participe en un festival, Feria o Mercado tiene que contar para el despacho de su mercancía con fundas “reusables” en lugar de las bolsas desechables que se han estado utilizando comúnmente.  Aun cuando Artesanos y Artistas regularmente utilizan productos de mayor calidad y que probablemente algunos cumplen con las disposiciones de ley es necesario educar a la clase artística para no caer en infracciones o multas.  Aun cuando se cuenta con un periodo de gracia de 6 meses para disponer de inventario ya adquirido es necesario que los empresarios creativos estén alerta para no sufrir las malas interpretaciones de la ley.

El mercado suple actualmente fundas muy parecidas a las que conocemos como “bolsas de supermercado” y que son reusables, son un poco mas gruesas y de un costo mayor (500% mas cara). Así también los creadores pueden utilizar la bolsa actual que esta fuera de la ley pero tendría que vendérsela al cliente para cumplir con lo escrito.  En la ley hay  estatutos a cumplir en los cuales los negocios tienen que tener receptáculos para recibir cualquier bolsa reusable, esto no sabemos si aplicara a las actividades de mercado, feria o festival que regularmente acontecen en la isla pero entendemos que no será responsabilidad del artista o artesano.

La ley incluye como amigables las fundas desechables antes comentadas, las bolsas de papel así como otros productos en tela o materiales no nocivos para la salud.  Autogiro alerta pues estas disposiciones pueden ser perjudiciales para las ventas de los artistas y artesanos o recaer en multas durante su labor de negocio.

También la ley le aplica a tiendas de Ropa o joyería y mercados agrícolas en los cuales también participa la comunidad artística.  Para las empresas del sector creativo es una oportunidad de crear productos para la demanda que se avecina cuando entre en vigor la ley.  Así mismo la ley necesita enmiendas pues hay lagunas en su implementación y depende mucho de la reacción comercial para su éxito lo cual podría hacer más difícil lograr su fin de ayudar al ambiente.

*La información para esta nota ha sido interpretada del escrito Ruth N. Tellado Domenech titulado “Adiós a las bolsas plásticas”

Datos

  1. Se prohíbe la actual funda plástica desechable (al 30 dic)
  2. La actual funda penalizada puede utilizarse pero se tiene que vender la misma al cliente.
  3. Se tiene que utilizar la bolsa plástica reusable de polipropileno o polietileno no tejida (non woven)
  4. Es responsabilidad del vendedor demostrar que la funda que utiliza es reusable (certificación del manufacturero o logo en el producto)
  5. esta es la Ley 247 del 2015
  6. Ley Núm. 247 del año 2015 en LexJuris

 

 


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Javier Martínez es artista multidisciplinario de Puerto Rico. Check this other sites: Tinta(a )Diario / Autogiro arte actual instagram 


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